Test del Título I de la Ley 39/2015, “De los interesados en el procedimiento”

Capítulo II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.

(Actualizado según texto de 29/06/2022)

  1. De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), las Administraciones Públicas:
    1. Están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo.
      No están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo.
      Podrán verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  2. A tenor del artículo 9.1 de la LPACAP, las Administraciones Públicas están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo, mediante la comprobación de:
    1. Nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad en todo caso.
      Su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
      Su nombre y apellidos, o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente y relación con el interesado en el procedimiento.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  3. Según el artículo 9.2 de la LPACAP, los interesados:
    1. * Deberán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas.
      * Deberán identificarse presencialmente en todas las actuaciones ante las Administraciones Públicas.
      Podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas.
      Las dos respuestas marcadas (*) son correctas.
  4. Conforme al artículo 9.2 de la LPACAP, los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas, entre otros, a través de sistemas basados en certificados electrónicos cualificados:
    1. * De firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación".
      * De sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación".
      Expedidos exclusivamente por la Secretaría General de Administración Digital o sus organismos autónomos.
      Las dos respuestas marcadas (*) son correctas.
  5. Según el artículo 9.2 de la LPACAP, los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que las Administraciones públicas consideren válido en los términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad y previa:
    1. Comunicación a la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior.
      Autorización de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y Administración Digital.
      Comunicación a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
      Autorización de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
  6. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, dicha comunicación:
    1. Únicamente podrá ser denegada por motivos de estado.
      Deberá contar con informe favorable de la Secretaría de Estado de Seguridad.
      Irá acompañada de una declaración responsable de que se cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa vigente.
      Todas las respuestas son correctas.
  7. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de forma previa a la eficacia jurídica del sistema:
    1. Habrán de transcurrir diez días desde dicha comunicación.
      Habrán de transcurrir dos meses desde dicha comunicación.
      Habrá de transcurrir un mes desde dicha comunicación.
      Habrán de transcurrir tres meses desde dicha comunicación.
  8. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de forma previa a la eficacia jurídica del sistema habrán de transcurrir dos meses desde dicha comunicación, durante los cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública:
    1. Deberá denegar o autorizar su uso.
      Podrá denegar el sistema por motivos de seguridad.
      Podrá acudir a la vía jurisdiccional, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad.
      Podrá acudir a la vía contencioso-administrativa, previo informe del Ministerio del Interior.
  9. En relación con los sistemas de identificación electrónica ante las Administraciones Públicas que han de ser comunicados previamente a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en ciertos casos será necesario informe previo vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que deberá emitir en el plazo de:
    1. Un mes desde su solicitud.
      Diez días desde su solicitud.
      Veinte días desde su solicitud.
      Dos meses desde su solicitud.
  10. En relación con los sistemas de identificación electrónica previstos en el artículo 9.2 c) de la LPACAP, cuando no se trate de categorías especiales de datos, se establece la obligatoriedad de que los recursos técnicos necesarios para la recogida, almacenamiento, tratamiento y gestión de dichos sistemas se encuentren situados en territorio:
    1. De la Unión Europea.
      Español.
      Peninsular.
      Ninguna de las otras respuestas es correcta.
  11. En relación con los sistemas de identificación electrónica previstos en el artículo 9.2 c) de la LPACAP, cuando se trate de categorías especiales de datos a los que se refiere el artículo 9 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, se establece la obligatoriedad de que los recursos técnicos necesarios para la recogida, almacenamiento, tratamiento y gestión de dichos sistemas se encuentren situados:
    1. En instalaciones calificadas de alta seguridad, con independencia del territorio donde se encuentren.
      En territorio europeo.
      En territorio español.
      En instalaciones calificadas de alta protección informática, con independencia del territorio donde se encuentren.
  12. Según el artículo 10.1 de la LPACAP, y en relación con los sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas, los interesados podrán firmar a través de:
    1. Medios electrónicos que sean emitidos por las Administraciones Públicas de la manera reglamentariamente establecida y de manera exclusiva.
      Los medios que sean emitidos por las Administraciones Públicas de manera exclusiva, ateniéndose a requisitos de seguridad.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
      Cualquier medio que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento.
  13. ¿Cuál de los siguientes se consideran válidos a efecto de firma, conforme al artículo 10 de la LPACAP?
    1. * Sistemas de sello electrónico cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos cualificados de sello electrónico expedidos por prestador incluido en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación".
      Las dos respuestas marcadas (*) son correctas.
      * Sistemas de firma electrónica cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación".
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  14. Conforme al artículo 11.1 de la LPACAP, para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo, será suficiente con que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en dicha Ley:
    1. Con carácter particular.
      Con carácter excepcional.
      Con carácter general.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  15. Según el artículo 11.2 de la LPACAP, las Administraciones Públicas solo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para:
    1. Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
      Formular solicitudes e interponer recursos.
      Todas las respuestas son correctas.
      Desistir de acciones o renunciar a derechos.
  16. Conforme al artículo 12 de la LPACAP, que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos:
    1. Será una recomendación para las Administraciones Públicas.
      No será una obligación de las Administraciones Públicas.
      Deberá garantizarse por las Administraciones Públicas.
      Será una obligación de los interesados.
  17. Según el artículo 12.2 de la LPACAP, las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos:
    1. A los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14, de la citada Ley, que así lo soliciten.
      A todos los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14, de la citada Ley.
      A los interesados incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14, de la citada Ley, que así lo soliciten.
      A todos los interesados incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14, de la citada Ley.
  18. De acuerdo con el artículo 12.2 de la LPACAP, las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a ciertos interesados que así lo soliciten, especialmente en lo referente a:
    1. La identificación y firma electrónica.
      Todas las respuestas son correctas.
      Presentación de solicitudes a través del registro electrónico general.
      Obtención de copias auténticas.
  19. A tenor del artículo 12.2 de la LPACAP, si alguno de los interesados, con derecho a ser asistidos en el uso de medios electrónicos, no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo:
    1. No podrá ser realizado por funcionario público.
      Podrá ser válidamente realizada por un funcionario público.
      Se tramitará por cualquier funcionario público un sistema válido de identificación o firma electrónica.
      Será sustituida por su firma presencial, mediante escrito dirigido al órgano encargado de tramitar el procedimiento administrativo.
  20. A tenor del artículo 12.2 de la LPACAP, si alguno de los interesados, con derecho a ser asistidos en el uso de medios electrónicos, no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público y, en este caso:
    1. El funcionario público podrá solicitar que quede constancia para los casos de discrepancia o litigio.
      Bastará con la firma electrónica del funcionario público para validar la acción.
      Será necesario que el interesado preste su consentimiento expreso para esta actuación.
      Ninguna de las respuestas es correcta.