TEST DE LA LEY ORGÁNICA 3/1981, DE 6 DE ABRIL, DEL DEFENSOR DEL PUEBLO.

TÍTULO TERCERO. De las resoluciones

CAPÍTULO PRIMERO. Contenido de las resoluciones

CAPÍTULO SEGUNDO. Notificaciones y comunicaciones

CAPÍTULO TERCERO. Informe a las Cortes

  1. Según el artículo 28.1 de la LODP, el Defensor del Pueblo:
    1. Puede modificar o anular los actos y resoluciones de la Administración Pública.
      No es competente para modificar o anular los actos y resoluciones de la Administración Pública.
      Únicamente puede modificar las resoluciones de las Administraciones Públicas.
      Puede impugnar las decisiones administrativas de las Administraciones Públicas ante el Tribunal Supremo.
  2. Según el artículo 28.1 de la LODP, ¿qué puede hacer el Defensor del Pueblo respecto a los actos y resoluciones de la Administración Pública?
    1. Anular las resoluciones administrativas de carácter discrecional.
      Sugerir la modificación de los criterios utilizados para su producción.
      Modificar directamente los actos y resoluciones administrativos.
      Impugnar las decisiones administrativas ante el Tribunal Supremo.
  3. De acuerdo con el artículo 28.2 de la LODP, ¿qué puede hacer el Defensor del Pueblo si considera que el cumplimiento riguroso de una norma genera situaciones injustas para los administrados?
    1. Iniciar un recurso de inconstitucionalidad contra la norma.
      Proponer su modificación al órgano legislativo competente o a la Administración.
      Derogar la norma directamente mediante resolución motivada.
      Declarar nulos los actos administrativos realizados bajo esa norma.
  4. Según el artículo 28 de la LODP, ¿qué facultad NO tiene el Defensor del Pueblo respecto a los actos y resoluciones de la Administración Pública?
    1. Sugerir la modificación de las normas aplicables.
      Instar el ejercicio de potestades sancionadoras.
      Modificarlos o anularlos.
      Realizar investigaciones sobre su procedencia.
  5. Según el artículo 29 de la LODP, ¿para qué está legitimado el Defensor del Pueblo?
    1. Para invalidar normas administrativas de forma directa.
      Para proponer reformas constitucionales.
      Para dictar resoluciones judiciales vinculantes.
      Para interponer recursos de inconstitucionalidad y de amparo.
  6. ¿En qué disposiciones se fundamenta la legitimación del Defensor del Pueblo para interponer recursos según el artículo 29 de la LODP?
    1. En el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
      En el Reglamento del Congreso y el Senado.
      En la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
      En los Estatutos de Autonomía y las Leyes Generales de Administración Pública.
  7. ¿Qué acciones puede emprender el Defensor del Pueblo con ocasión de sus investigaciones, según el artículo 30.1 de la LODP?
    1. Emitir sanciones administrativas contra los funcionarios responsables.
      Formular advertencias, recomendaciones, recordatorios de deberes legales y sugerencias para la adopción de nuevas medidas.
      Anular directamente los actos administrativos considerados irregulares.
      Ordenar la ejecución de medidas correctivas sin intermediación.
  8. Según el artículo 30.1 de la LODP, ¿qué obligación tienen las autoridades y funcionarios cuando el defensor del Defensor del Pueblo les haga advertencias, recomendaciones o recordatorios de sus deberes legales?
    1. Remitir un informe verbal en el plazo establecido por la Administración.
      Convocar una reunión con el Defensor del Pueblo en el plazo de diez días.
      Responder por escrito en un plazo no superior a un mes.
      Ejecutar de manera inmediata todas las recomendaciones recibidas.
  9. ¿Cuál es el plazo máximo para que las autoridades respondan a las propuestas del Defensor del Pueblo, según lo estipulado en el artículo 30 de la LODP?
    1. Diez días hábiles.
      Un mes.
      Tres meses.
      Veinte días.
  10. De acuerdo con el artículo 30.2 de la LODP, ¿qué puede hacer el Defensor del Pueblo si una autoridad no adopta una medida adecuada tras recibir una recomendación?
    1. Poner el asunto en conocimiento del Ministro del Departamento afectado o de la máxima autoridad administrativa.
      Declarar la nulidad de los actos administrativos relacionados.
      Presentar una queja ante el Tribunal Constitucional por desobediencia.
      Proponer sanciones disciplinarias contra los responsables.
  11. ¿Qué está obligado a comunicar el Defensor del Pueblo al interesado tras concluir una investigación, según el artículo 31.1 de la LODP?
    1. Un informe anual con un resumen de todas las investigaciones similares.
      Únicamente las recomendaciones generales derivadas de su intervención.
      El resultado de sus investigaciones y la respuesta de la Administración o funcionario implicados, salvo que sean de carácter reservado o secreto.
      La posibilidad de presentar una reclamación ante el Tribunal Constitucional.
  12. ¿Qué establece el artículo 31.1 de la LODP sobre las investigaciones cuya naturaleza sea considerada reservada o secreta?
    1. Podrán ser publicadas si el Defensor del Pueblo lo considera oportuno.
      Deberán ser divulgadas únicamente a los órganos legislativos.
      Será necesario el consentimiento expreso del interesado para su tramitación.
      El Defensor del Pueblo no está obligado a informar al interesado sobre su contenido.
  13. ¿Qué condición menciona el artículo 31.1 de la LODP para que el Defensor del Pueblo no informe al interesado del resultado de una investigación?
    1. Que el caso haya sido rechazado inicialmente por las autoridades implicadas.
      Que la información tenga carácter reservado o secreto.
      Que el interesado no haya solicitado expresamente la información final.
      Que el Defensor del Pueblo lo considere innecesario para la resolución del caso.
  14. Según el artículo 31.2 de la LODP, ¿a quién debe informar el Defensor del Pueblo sobre el resultado de las investigaciones solicitadas por un parlamentario o una Comisión?
    1. A la Comisión Mixta Congreso-Senado como única destinataria.
      Exclusivamente al interesado en el caso específico.
      Al parlamentario o Comisión que lo hubiese solicitado.
      Al Presidente del Gobierno y al Ministerio correspondiente.
  15. ¿Qué debe hacer el Defensor del Pueblo si decide no intervenir en una solicitud presentada por un parlamentario o una Comisión, según el artículo 31.2 de la LODP?
    1. Solicitar autorización adicional de las Cortes Generales.
      Archivar el caso sin necesidad de notificación.
      Informar razonadamente de su desestimación al parlamentario o Comisión competente.
      Remitir el caso a un organismo administrativo para su resolución.
  16. ¿Qué establece el artículo 31.3 de la LODP sobre la comunicación de los resultados de las investigaciones a las autoridades o funcionarios implicados?
    1. Los resultados se remitirán únicamente a los superiores jerárquicos de los implicados.
      Solo se les informará si la investigación tiene un resultado negativo.
      El Defensor del Pueblo les comunicará el resultado, sea positivo o negativo.
      La comunicación deberá ser aprobada previamente por una Comisión parlamentaria.
  17. ¿Qué obligación establece el artículo 32.1 de la LODP para el Defensor del Pueblo respecto a las Cortes Generales?
    1. Presentar un informe anual de la gestión realizada.
      Solicitar autorización para cada investigación que realice.
      Informar mensualmente sobre los avances de las investigaciones en curso.
      Someter todas las quejas recibidas a debate parlamentario.
  18. ¿Cuándo debe presentar el Defensor del Pueblo el informe anual a las Cortes Generales, según el artículo 32.1 de la LODP?
    1. Cada vez que se resuelva una investigación relevante.
      Durante el periodo ordinario de sesiones de las Cortes Generales.
      Únicamente al final de su mandato de cinco años.
      En cualquier momento del año que considere adecuado.
  19. Según el artículo 32.2 de la LODP, ¿qué debe hacer el Defensor del Pueblo si las Cortes Generales no están reunidas al momento de emitir un informe extraordinario?
    1. Suspender la emisión del informe hasta su reunión.
      Dirigir el informe a las Diputaciones Permanentes de las Cámaras.
      Enviar el informe exclusivamente al Presidente del Congreso.
      Publicar el informe sin previo aviso a las Cámaras.
  20. ¿Qué disposición establece el artículo 32.3 de la LODP sobre los informes del Defensor del Pueblo?
    1. Los informes no podrán publicarse sin aprobación parlamentaria.
      Solamente los informes anuales serán de acceso público.
      Los informes anuales y extraordinarios serán publicados.
      La publicación dependerá de la autorización del Defensor del Pueblo.
  21. ¿En qué casos puede el Defensor del Pueblo presentar un informe extraordinario ante las Cortes Generales, según el artículo 32.2 de la LODP?
    1. Solo si recibe una solicitud formal de las Cortes Generales.
      Cada vez que una investigación involucre a un alto cargo público.
      Al inicio de cada legislatura para informar sobre su planificación anual.
      Cuando la gravedad o urgencia de los hechos lo aconsejen.
  22. Según el artículo 33.1 de la LODP, ¿qué información debe incluir el Defensor del Pueblo en su informe anual sobre las quejas recibidas?
    1. Únicamente las quejas que resultaron en cambios legislativos.
      Solamente las quejas admitidas y sus recomendaciones.
      El número y tipo de quejas, las rechazadas con sus causas, y los resultados de las investigaciones realizadas.
      Todas las quejas junto con los nombres de los interesados.
  23. ¿Qué medida establece el artículo 33.2 de la LODP para proteger la privacidad de los interesados en las quejas en su informe anual?
    1. No incluir datos personales que permitan su pública identificación.
      Eliminar cualquier referencia a las Administraciones implicadas.
      Restringir el acceso al informe completo solo a las Cortes Generales.
      Solicitar autorización expresa de los interesados antes de mencionarlos.
  24. ¿Qué debe incluir el anexo del informe anual del Defensor del Pueblo, según el artículo 33.3 de la LODP?
    1. Un listado detallado de todas las investigaciones rechazadas y admitidas.
      La liquidación del presupuesto de la institución correspondiente al periodo que corresponda.
      La transcripción de las intervenciones parlamentarias relacionadas con el informe.
      Una copia de las recomendaciones enviadas a cada Administración Pública.
  25. ¿Quién es el destinatario del anexo sobre la liquidación presupuestaria incluido en el informe anual, conforme al artículo 33.3 de la LODP?
    1. El Ministerio de Hacienda y Función Pública.
      Los ministerios responsables de las Administraciones investigadas.
      Los grupos parlamentarios de las Cámaras.
      Las Cortes Generales.
  26. ¿Cómo debe presentar el Defensor del Pueblo un resumen de su informe anual, según el artículo 33.4 de la LODP?
    1. Por escrito únicamente a las Comisiones Mixtas de ambas Cámaras.
      Oralmente ante los Plenos de ambas Cámaras.
      En una comparecencia pública sin intervención de los grupos parlamentarios.
      Exclusivamente mediante un comunicado en el "Boletín Oficial del Estado".
  27. ¿Qué posibilidad se otorga a los grupos parlamentarios durante la exposición del informe anual del Defensor del Pueblo, según el artículo 33.4 de la LODP?
    1. Solicitar una ampliación de las investigaciones detalladas en el informe.
      Presentar propuestas de modificación del informe.
      Intervenir para fijar su postura.
      Aprobar o rechazar el informe anual.