TEST DEL TÍTULO II DE LA LEY 39/2015, DE LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Capítulo II. Términos y plazos

  1. Según el artículo 29 de la LPACAP, los términos y plazos establecidos en ella u otras Leyes obligan:
    1. A las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos.
      Únicamente a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos.
      Únicamente a los interesados en los mismos.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  2. Según el artículo 30.1 de la LPACAP, como norma general, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son:
    1. Ninguna de las respuestas es correcta.
      Naturales.
      Hábiles.
      Según la LPACAP los plazos no se pueden señalar por horas.
  3. Según el artículo 30.1 de la LPACAP, son hábiles todas las horas:
    1. Del día que formen parte de la parte del día que sean hábiles.
      Del día que formen parte de cualquier día.
      Del día que formen parte de un día hábil.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  4. Según el artículo 30.1 de la LPACAP, los plazos expresados por horas se contarán:
    1. De minuto en minuto, en todo caso.
      De hora en hora y de minuto en minuto.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
      De segundo en segundo.
  5. Según el artículo 30.1 de la LPACAP, los plazos expresados por horas se contarán desde:
    1. La hora hábil siguiente al momento en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
      La hora entera en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
      La hora, minuto y segundo en que tenga lugar la notificación del acto de que se trate.
      La hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
  6. Según el artículo 30.1 de la LPACAP, los plazos expresados por horas:
    1. La respuesta marcada (*), y serán hábiles.
      * No podrán tener una duración superior a doce horas.
      No podrán tener una duración superior a veinticuatro horas.
      No podrán tener una duración superior a cuarenta y ocho horas.
  7. Según el artículo 30.2 de la LPACAP, como norma general, cuando los plazos se señalen por días:
    1. Deberá expresarse si se trata de días hábiles o naturales.
      Se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo sábados, los domingos y los declarados festivos.
      Se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos.
      Deberá expresarse el último día a efectos del cómputo del plazo.
  8. Según el artículo 30.2 de la LPACAP, cuando los plazos se señalen por días se entiende que éstos son, como norma general:
    1. Naturales.
      Inhábiles.
      Hábiles.
      Consecutivos.
  9. Según el artículo 30.2 la LPACAP, cuando los plazos se señales por días, se entiende que éstos son hábiles:
    1. En todo caso.
      Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo.
      Salvo que en las notificaciones no se haga constar ninguna circunstancia, en cuyo caso se entenderá que se trata de días naturales.
      Salvo que por Ley o normativa administrativa mundial se exprese otra cosa.
  10. Conforme al artículo 30.2 de la LPACAP, en el caso de que los plazos estén señalados en días hábiles:
    1. Se excluye del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
      Se excluye del cómputo únicamente los domingos y los declarados festivos.
      No se excluirá ningún día de su cómputo.
      Se excluye del cómputo exclusivamente los declarados festivos.
  11. Según el artículo 30.2 de la LPACAP, cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea:
    1. El órgano encargado de resolver decidirá sobre si es necesario o no hacer constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
      Se podrá hacer constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
      Se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
      El órgano encargado de tramitar decidirá sobre si es necesario o no hacer constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
  12. Según el artículo 30.3 de la LPACAP, los plazos expresados en días se contarán a partir:
    1. Del mismo día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
      * Del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
      * Del día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.
      Las dos respuestas marcadas son correctas.
  13. Según el artículo 30.4 de la LPACAP, si el plazo se fija en meses o años, éstos se computan a partir:
    1. * Del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
      Las dos respuestas marcadas son correctas.
      * Del día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.
      Del mismo día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
  14. Según el artículo 30.4 de la LPACAP, si el plazo se fija en meses o años, éste concluirá:
    1. Ninguna de las respuestas es correcta.
      Al día siguiente en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento.
      El mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento.
      A los treinta o trescientos sesenta y cinco días desde que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo.
  15. Según el artículo 30.4 de la LPACAP, si el plazo se fija en meses o años y, en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo:
    1. Se entenderá que el plazo expira el primer día hábil del mes siguiente.
      Se entenderá que el plazo expira el primer día del mes siguiente.
      Se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  16. Según el artículo 30.5 de la LPACAP, cuando el último día de un plazo sea inhábil:
    1. Se entenderá prorrogado al día siguiente.
      Se entenderá finalizado el primer día hábil anterior.
      Se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
      Se deberá hacer constar el día que finalizará el plazo.
  17. A tenor del artículo 30.5 de la LPACAP, cuándo se considerará un día inhábil en todo caso:
    1. Todas son correctas.
      Cuando el día fuese hábil en la sede del órgano administrativo, e inhábil en el municipio en que residiese el interesado.
      Cuando el día fuese hábil en la sede del órgano administrativo, e inhábil en la Comunidad Autónoma en que residiese el interesado.
      Cuando el día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo.
  18. Según el artículo 30.8 de la LPACAP, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos:
    1. No determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas.
      Todas son correctas.
      No determina por sí sola la organización del tiempo de trabajo de las Administraciones Públicas.
      No determina por sí sola el régimen de jornada y horarios de las Administraciones Públicas.
  19. Según el artículo 30.7 de la LPACAP: ¿Quién fijará el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos?
    1. La Administración General del Estado con sujeción al calendario laboral oficial y a nivel nacional.
      La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial y en sus respectivos ámbitos.
      En todo caso las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial y para todas las dependencias administrativas con sede en su territorio.
      La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y los Entes Públicos Locales, con sujeción al calendario laboral oficial y en sus respectivos ámbitos.
  20. Según el artículo 30.7 de la LPACAP y en relación con los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local:
    1. Vendrán comprendidos en los calendarios aprobados por cada Entidad Local de manera independiente.
      Vendrán comprendidos en el calendario aprobado por la Administración General del Estado.
      Vendrán comprendidos en el calendario aprobado por las Comunidades Autónomas donde se encuentre su territorio.
      Ninguna es correcta.
  21. Según el artículo 30.7 de la LPACAP, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos:
    1. Se publicará antes del comienzo de cada año en el "Boletín Oficial del Estado" y en el respectivo de cada Comunidad Autónoma y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
      Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" antes del comienzo de cada año, acto mediante el que cobrarán validez.
      Se publicará antes del primer día inhábil del año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
      Se publicará antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.
  22. Según el artículo 31.1 de la LPACAP cada Administración Pública publicará los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las oficinas que prestarán asistencia para:
    1. Todas son correctas.
      La presentación por escrito de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en su cumplimentación.
      La presentación electrónica de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos.
      La presentación electrónica de documentos, pudiendo establecer, si la complejidad del procedimiento así lo recomienda, la asistencia a los interesados en el uso de medios electrónicos.
  23. Según el artículo 31.2 de la LPACAP, el registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos:
    1. Por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso.
      Por la fecha y hora del libro de registro oficial.
      Por la fecha y hora del documento compulsado de registro.
      Todas las respuestas son correctas.
  24. ¿Cuál(es) de las siguientes reglas regirá el funcionamiento del registro electrónico de las Administraciones Públicos, según el artículo 31.2 de la LPACAP?
    1. Permitirá la presentación de documentos todos los días hábiles del calendario oficial durante las veinticuatro horas.
      Permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas.
      Permitirá la presentación de documentos todos los días hábiles del calendario oficial durante las horas en que permanece abierto el registro presencial.
      Permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas, con excepción de los inhábiles.
  25. En relación con el funcionamiento del registro electrónico de las Administraciones, en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días:
    1. Ninguna de las respuestas es correcta.
      Inhábiles, la presentación en un día hábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
      Hábiles, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día inhábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
      Hábiles, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
  26. ¿Cuál(es) de las siguientes reglas regirá el funcionamiento del registro electrónico de las Administraciones Públicos según el artículo 31.2 de la LPACAP?
    1. Los documentos se considerarán presentados por el orden de hora efectiva en el que lo fueron en el día inhábil. Los documentos presentados en el día inhábil se reputarán anteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior.
      Todas las respuestas son correctas.
      El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo.
      En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento.
  27. Según el artículo 32.1 de la LPACAP, y en relación con la ampliación de los plazos establecidos la Administración:
    1. Salvo precepto en contrario, podrá conceder siempre a petición de los interesados una ampliación.
      No podrá conceder de oficio una ampliación de los plazos establecidos.
      Salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos.
      Podrá en todo caso, conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación.
  28. Según 32.1 de la LPACAP se podrá conceder ampliación de los plazos establecidos, salvo precepto en contrario y:
    1. No es posible la ampliación de los plazos fijados legalmente.
      Dicha ampliación no podrá exceder la duración inicial de los mismos.
      La duración de dicha ampliación será determinada por el órgano competente para resolver, el cual fijará la ampliación que estime conveniente, teniendo en cuenta las características del procedimiento.
      Dicha ampliación no podrá exceder de la mitad de los mismos.
  29. Según el artículo 32.1 de la LPACAP se podrá conceder ampliación de los plazos establecidos, salvo precepto en contrario, si las circunstancias lo aconsejan:
    1. Y con ello no se perjudican derechos de tercero, el acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
      Y con ello no se perjudican derechos de tercero, el acuerdo de ampliación deberá ser publicado en los boletines oficiales o notificado a los interesados.
      En el caso de que se perjudiquen derechos de tercero, el acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
      Todas son correctas.
  30. Según el artículo 32.2 de la LPACAP, la ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos:
    1. Que, sustanciándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero.
      Tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares.
      Todas son correctas.
      En los que intervengan interesados residentes fuera de España.
  31. Según el artículo 32.3 de la LPACAP, y en relación con la ampliación de plazos:
    1. La petición de los interesados deberá producirse antes del vencimiento del plazo y la decisión deberá producirse en fecha anterior a la que se fije como finalización de dicho plazo.
      La petición de los interesados y la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate.
      La petición de los interesados y la decisión sobre la ampliación deberán producirse, salvo acuerdo del órgano competente, antes del vencimiento del plazo de que se trate.
      La petición de los interesados y la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo que se fije como límite en la ampliación.
  32. Según el artículo 32.3 de la LPACAP, y en relación con la ampliación de plazos:
    1. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo en su último día.
      En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.
      En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya iniciado.
      Todas son correctas.
  33. Según el artículo 32.3 de la LPACAP, y en relación con los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación:
    1. No serán susceptibles de recursos, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
      Los acuerdos sobre su denegación serán susceptibles de recursos.
      Serán susceptibles de recursos ante el órgano que emitió el acuerdo.
      Sólo serán susceptibles de recurso los acuerdos de ampliación de plazos por parte de los interesados.
  34. Según el artículo 32.4 de la LPACAP, cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se soluciones el problema:
    1. La Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos.
      La Administración debe determinar una ampliación de los plazos no vencidos.
      La Administración debe determinar una ampliación de los plazos vencidos.
      Ninguna de las respuestas es correcta.
  35. Según el artículo 33.1 de la LPACAP: ¿En qué casos se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia?
    1. Cuando razones de interés público lo aconsejen y se hará de exclusivamente de oficio.
      Cuando razones de interés público lo aconsejen y se hará de oficio o a petición del interesado.
      Cuando razones de interés público lo aconsejen y se hará de exclusivamente a petición del interesado.
      Cuando el órgano competente lo estime conveniente y se hará de oficio o a petición del interesado.
  36. Según el artículo 33.1 de la LPACAP, en la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia los plazos se reducirán:
    1. En el tiempo que estime conveniente el órgano que deba conocer el procedimiento, salvo los relativos a la resolución del procedimiento.
      A la mitad de los establecidos para el procedimiento ordinario en todos los trámites.
      A la mitad de los establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
      En un tercio de los establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos que se reducirán a la mitad.
  37. Según el artículo 33.2 de la LPACAP, y en relación con el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia de un procedimiento:
    1. No cabrá recurso alguno contra el acuerdo ni contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
      Cabrá recurso de revisión ante el órgano que dictó el acuerdo.
      No cabrá recurso alguno contra el acuerdo, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
      Ninguna de las respuestas es correcta.