TEST DE LA LEY 1/1983, DE 13 DE DICIEMBRE, DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Título I. Del Presidente.


  1. El Presidente de la Comunidad de Madrid es elegido:
    1. Por la Asamblea de Madrid, de entre sus miembros.
      Por la Asamblea de Madrid, no siendo necesario ser miembro de la misma para ser elegido.
      Por el Rey.
      Por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
  2. De acuerdo con el artículo 4 de la LGACM, el Presidente de la Comunidad de Madrid es nombrado mediante:
    1. Real Decreto.
      Real Orden.
      Orden Real.
      Decreto.
  3. De acuerdo con el artículo 4 de la LGACM, el Presidente de la Comunidad de Madrid es elegido de acuerdo con el procedimiento señalado en:
    1. El Capítulo III, Título II, del Reglamento de la Asamblea.
      El Capítulo III, Título II, del Estatuto de Autonomía.
      El Capítulo II, Título I, del Estatuto de Autonomía.
      Ninguna de las otras respuestas es correcta.
  4. ¿Cuál(es) de los siguientes es un derecho del Presidente de la Comunidad de Madrid por razón de su cargo?
    1. Recibir el tratamiento de Ilustrísimo Señor.
      Recibir el tratamiento de excelencia.
      Recibir el tratamiento de Honorable.
      Ninguna de las otras respuestas es correcta.
  5. Conforme al artículo 6 de la LGACM, el cargo de Presidente de la Comunidad de Madrid es incompatible:
    1. Ninguna de las respuestas es correcta.
      Únicamente con el ejercicio de cualquier otra función o actividad pública que no derive de aquél, salvo la de Diputado de la Asamblea.
      Únicamente con el ejercicio de cualquier otra función o actividad pública que no derive de aquél, salvo actividades privadas como Administrador único.
      Con el ejercicio de toda actividad laboral, profesional o empresarial.
  6. Al Presidente de la Comunidad de Madrid, en su condición de representante ordinario del Estado en la Comunidad Autónoma, le corresponde:
    1. Ninguna de las otras respuestas es correcta.
      Aprobar las Leyes de la Asamblea y los Decretos Legislativos.
      Promulgar, en nombre del Rey, las Leyes de la Asamblea y los Decretos legislativos.
      Promulgar, en nombre de las Cortes, las Leyes de la Asamblea, los Decretos Legislativos y las leyes estatales que circunscriban su aplicación al territorio de la Comunidad de Madrid.
  7. El Presidente de la Comunidad de Madrid promulgará, en nombre del Rey, las Leyes de la Asamblea y los Decretos legislativos, y ordenará su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid":
    1. En el plazo máximo de diez días desde su aprobación.
      En el plazo máximo de quince días desde su aprobación.
      En el plazo máximo de quince días desde su promulgación.
      El décimo día desde su aprobación.
  8. ¿Cuál de las siguientes no es una función del Presidente de la Comunidad de Madrid, en su condición de representante ordinario del Estado en la Comunidad Autónoma?
    1. Promulgar, en nombre del Rey, las Leyes de la Asamblea.
      Mantener relaciones con la Delegación del Gobierno a los efectos de una mejor coordinación de las actividades del Estado y las de la Comunidad de Madrid.
      Velar por el cumplimiento de los Acuerdos de la Asamblea de Madrid.
      Promulgar, en nombre del Rey, los Decretos legislativos.
  9. ¿A quién corresponde nombrar y separar de su cargo a los Consejeros y, en su caso, al Vicepresidente o Vicepresidentes del Gobierno de la Comunidad de Madrid?
    1. Al Rey.
      Al Presidente de la Comunidad de Madrid.
      A la Asamblea de Madrid.
      Al Delegado del Gobierno.
  10. Al Presidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid le corresponde encomendar a un Consejero que se encargue del despacho de una Consejería distinta en caso de ausencia, enfermedad o impedimento del titular:
    1. Dando cuenta por escrito a la Asamblea.
      Dando cuenta por escrito al Consejero titular.
      Sin ningún requisito añadido.
      Dando cuenta por escrito al Consejo de Gobierno.
  11. Al Presidente de la Comunidad de Madrid le corresponde plantear la cuestión de confianza:
    1. Ante el Consejo de Gobierno, dando cuenta a la Asamblea.
      Ante la Asamblea, previa autorización del Consejo de Gobierno.
      Ante la Asamblea, previa deliberación del Consejo de Gobierno.
      Ante la Asamblea, dando cuenta al Rey.
  12. Conforme al artículo 8 de la LGACM, la delegación de funciones ejecutivas y de representación propias que realice el Presidente de la Comunidad de Madrid:
    1. Deben comunicarse a la Asamblea de Madrid, en sesión plenaria convocada al efecto.
      No deben publicarse.
      Deben publicarse en el BOCM y en el BOE.
      Deben publicarse en el BOCM.
  13. ¿Cuál de las siguientes atribuciones puede delegar el Presidente de la Comunidad de Madrid?
    1. Nombrar y separar de su cargo a los Consejeros, y, en su caso, al Vicepresidente o Vicepresidentes.
      Convocar las reuniones del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones Delegadas.
      Establecer las directrices generales de la acción del gobierno y asegurar su continuidad.
      Asegurar la coordinación entre las distintas Consejerías y resolver los conflictos de competencias entre las mismas.
  14. En el Gabinete del Presidente de la Comunidad de Madrid se integran los asesores del Presidente, en el número determinado por éste, y:
    1. Sin limitación alguna.
      No superior a diez.
      No superior a seis.
      No inferior a ocho.
  15. Conforme al artículo 12 de la LGACM, las ausencias temporales del Presidente de la Comunidad de Madrid:
    1. Precisarán autorización previa en todo caso.
      No precisarán autorización previa en ningún caso.
      Precisarán autorización previa de la Asamblea cuando sean superiores a un mes.
      Precisarán autorización previa del Consejo de Gobierno cuando sean superiores a quince días.
  16. En el caso de que el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acordara que el Presidente se encuentra imposibilitado, física o mentalmente de forma transitoria, se comunicará al Presidente de la Asamblea de Madrid:
    1. Dentro de las 72 horas siguientes a la adopción del acuerdo por el Consejo de Gobierno.
      Dentro de las 24 horas siguientes a la adopción del acuerdo por el Consejo de Gobierno.
      Dentro de las 48 horas siguientes a la adopción del acuerdo por el Consejo de Gobierno.
      De manera inmediata.
  17. Según el artículo 15 de la LGACM, la situación de interinidad en la Presidencia de la Comunidad de Madrid:
    1. No podrá ser superior a dos meses, ampliables en otros dos, previo acuerdo de la Asamblea de Madrid.
      No podrá ser superior a dos meses, ampliables en otros dos, previo acuerdo del Consejo de Gobierno.
      No tiene límite en su duración.
      No podrá ser superior a tres meses, ampliables en otros dos, previo acuerdo del Consejo de Gobierno.
  18. ¿En cuál de los siguientes casos cesará el Presidente de la Comunidad de Madrid?
    1. Denegación de una moción de censura.
      Dimisión comunicada formalmente al Presidente de la Asamblea.
      Aprobación de una cuestión de confianza.
      Incapacidad temporal, física o mental, que le incapacite para el ejercicio de su cargo.