Test Ley Defensor del Pueblo - Título Primero. Nombramiento, cese y condiciones

CAPÍTULO TERCERO. Prerrogativas e incompatibilidades

CAPÍTULO CUARTO. De los Adjuntos del Defensor del Pueblo

  1. Según el artículo 6.1 de la LODP, ¿cómo debe desempeñar sus funciones el Defensor del Pueblo?
    1. Siguiendo las directrices establecidas por las Cortes Generales.
      Bajo la supervisión directa de la Comisión Mixta Congreso-Senado.
      De acuerdo con las instrucciones del Gobierno y del Congreso.
      Con autonomía y según su criterio, sin estar sujeto a mandato imperativo ni recibir instrucciones de ninguna autoridad.
  2. En los términos del artículo 6.1 de la LODP, ¿qué instrucciones puede recibir el Defensor del Pueblo de las autoridades?
    1. Órdenes directas de las Cortes Generales en casos excepcionales.
      Instrucciones relacionadas exclusivamente con derechos fundamentales.
      Instrucciones provenientes del Tribunal Constitucional.
      Ninguna, ya que no está sujeto a mandato de ninguna autoridad.
  3. De acuerdo con el artículo 6.2 de la LODP, ¿qué garantiza la inviolabilidad del Defensor del Pueblo?
    1. No podrá ser detenido, expedientado, multado, perseguido o juzgado juzgado por opiniones o actos relacionados con sus competencias.
      No podrá ser procesado por ningún tribunal, bajo ninguna circunstancia.
      Gozará de inmunidad diplomática frente a los tribunales internacionales.
      Su cargo será vitalicio y no estará sujeto a revisión judicial.
  4. Según el artículo 6.3 de la LODP, ¿en qué situación puede ser detenido o retenido el Defensor del Pueblo mientras permanezca en el ejercicio de sus funciones?
    1. Si existe orden judicial emitida por un juez de instrucción.
      Únicamente en caso de flagrante delito.
      En cualquier caso que lo autoricen las Cortes Generales.
      Solo cuando lo determine el Tribunal Constitucional.
  5. De acuerdo con el artículo 6.3 de la LODP, ¿a quién corresponde la ecisión sobre la inculpación, prisión, procesamiento y juicio del Defensor del Pueblo mientras permanezca en el ejercicio de sus funciones?
    1. A la Comisión Mixta Congreso-Senado.
      Al Pleno del Congreso de los Diputados.
      A la Audiencia Nacional.
      A la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
  6. Conforme al artículo 6.4 de la LODP, ¿a quiénes se aplican las mismas reglas de inviolabilidad y detención previstas para el Defensor del Pueblo?
    1. A los miembros de la Comisión Mixta Congreso-Senado.
      Exclusivamente al Secretario General del Defensor del Pueblo.
      A los Adjuntos del Defensor del Pueblo en el cumplimiento de sus funciones.
      Únicamente a los funcionarios designados por el Defensor del Pueblo.
  7. Según el artículo 7.1 de la LODP, ¿cuál de las siguientes actividades es incompatible con la condición de Defensor del Pueblo?
    1. Publicar artículos de opinión en medios nacionales.
      Participar en seminarios de instituciones internacionales.
      Permanecer en el servicio activo de cualquier Administración pública.
      Asistir a reuniones informativas de asociaciones ciudadanas.
  8. De acuerdo con el artículo 7.1 de la LODP, ¿puede el Defensor del Pueblo estar afiliado a un partido político?
    1. Sí, si la afiliación es previa a su nombramiento.
      Sí, siempre que no desempeñe funciones directivas en el partido.
      No, la afiliación a un partido político es incompatible con su cargo.
      Solo si lo autoriza la Comisión Mixta Congreso-Senado.
  9. Conforme al artículo 7.1 de la LODP, ¿cuál de las siguientes actividades es incompatible con la condición de Defensor del Pueblo?
    1. Todo mandato representativo.
      Todas las respuestas son correctas.
      Todo cargo político o actividad de propaganda política.
      Con la permanencia en el servicio activo de cualquier Administración pública.
  10. Conforme al artículo 7.1 de la LODP, ¿cuál de las siguientes actividades es compatible con la condición de Defensor del Pueblo?
    1. Ninguna de las otras respuestas es correctas.
      Ejercicio de las carreras judicial y fiscal.
      Realizar una actividad profesional, liberal, mercantil o laboral.
      Desempeñar funciones directivas en una fundación.
  11. En los términos del artículo 7.2 de la LODP, ¿qué plazo tiene el Defensor del Pueblo para cesar en una situación de incompatibilidad antes de tomar posesión del cargo?
    1. Cinco días desde su publicación en el BOE.
      Un mes desde la notificación de su elección.
      Diez días siguientes a su nombramiento.
      Quince días desde la reunión de las Mesas de las Cámaras.
  12. Conforme al artículo 7.2 de la LODP, ¿qué ocurre si el Defensor del Pueblo no cesa en una situación de incompatibilidad antes de tomar posesión?
    1. El Tribunal Constitucional decide sobre su continuidad en el cargo.
      Su nombramiento queda suspendido hasta que resuelva la incompatibilidad.
      La Comisión Mixta debe ratificar su cargo nuevamente.
      Se entiende que no acepta el nombramiento.
  13. Según el artículo 7.3 de la LODP, ¿qué sucede si una incompatibilidad aparece después de que el Defensor del Pueblo haya tomado posesión?
    1. Debe solicitar autorización a las Cortes Generales para continuar en el cargo.
      Se entiende que renuncia al cargo en la fecha en que se produzca la incompatibilidad.
      Se le concede un plazo de diez días para resolver la incompatibilidad.
      Puede continuar en el cargo si la incompatibilidad es transitoria.
  14. Según el artículo 8.1 de la LODP, ¿quiénes pueden auxiliar al Defensor del Pueblo y sustituirle en caso de imposibilidad temporal o cese?
    1. Los miembros de la Comisión Mixta Congreso-Senado.
      Los Presidentes del Congreso y del Senado.
      El Adjunto Primero y el Adjunto Segundo, por su orden.
      Los Secretarios Generales de las Cámaras.
  15. Según el artículo 8.1 de la LODP, ¿en qué situaciones pueden los Adjuntos ejercer las funciones del Defensor del Pueblo?
    1. Exclusivamente si son autorizados por el Congreso de los Diputados.
      Únicamente durante los períodos de ausencia por vacaciones.
      En casos de imposibilidad temporal y de cese.
      Solo en los casos de incapacidad permanente del Defensor del Pueblo.
  16. De acuerdo con el artículo 8.2 de la LODP, ¿quién tiene la facultad de nombrar y separar a los Adjuntos del Defensor del Pueblo?
    1. El Presidente del Congreso de los Diputados.
      La Comisión Mixta Congreso-Senado.
      El Defensor del Pueblo, previa conformidad de las Cámaras.
      El Pleno del Congreso y del Senado conjuntamente.
  17. En los términos del artículo 8.3 de la LODP, ¿dónde se publica el nombramiento de los Adjuntos del Defensor del Pueblo?
    1. En el «Boletín Oficial del Estado».
      En el Diario Oficial del Congreso de los Diputados.
      En el Diario de Sesiones del Senado.
      En la Gaceta Jurídica de las Cortes Generales.
  18. Conforme al artículo 8.4 de la LODP, ¿qué artículos de la LODP son aplicables también a los Adjuntos del Defensor del Pueblo?
    1. Los artículos primero, segundo y cuarto.
      Los artículos tercero, sexto y séptimo.
      Los artículos quinto, octavo y noveno.
      Todos los artículos de la presente Ley.
  19. De acuerdo con el artículo 8.4 de la LODP, ¿qué disposiciones aplicables al Defensor del Pueblo también afectan a sus Adjuntos?
    1. Las relacionadas únicamente con el proceso de nombramiento.
      Las relativas a requisitos de elegibilidad, inviolabilidad y régimen de incompatibilidades.
      Aquellas referentes a la presentación de informes ante las Cámaras.
      Las que regulan exclusivamente su separación del cargo.